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23-8-2014|9:22|Juicio por jurados Opinión
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Los jurados volvieron a sus casas y luego absolvieron al condenado

El juicio por jurados de Neuquén tuvo su primer veredicto polémico

La ley procesal establece que la deliberación de los ciudadanos, una vez clausurado el debate y convocados a adoptar una decisión de culpabilidad o no culpabilidad, debe ser “contínua”, esto es, sin interrupciones. Sin embargo, los hechos fueron en otra dirección.

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El primer veredicto absolutorio de los jurados neuquinos (séptimo juicio por jurados desde que se implementó el sistema a comienzos del año) terminó con controversias. La ley procesal establece que la deliberación de los ciudadanos, una vez clausurado el debate y convocados a adoptar una decisión de culpabilidad o no culpabilidad, debe ser “contínua”, esto es, sin interrupciones. Sin embargo, los hechos fueron en otra dirección.

Los ciudadanos recibieron las instrucciones del juez profesional avanzada la tarde, luego de todo un día de debate y lo cierto es que los jurados se reunieron y no pudieron arribar a una decisión rápidamente (muestra del celo y esmero con que asumen la responsabilidad). Ante esta circunstancia (lo avanzado de la hora) y el hecho que los ciudadanos se encontraban lógicamente fatigados, el juez profesional los autorizó a regresar a sus hogares, para que volvieran al día siguiente. Lo que así ocurrió, ocasión en la que se pronunciaron por la no culpabilidad del acusado.

El fiscal, aduciendo el quebrantamiento de la normal procesal que dice que la deliberación debe ser continua, recurrió el veredicto sosteniendo que es nulo por inobservancia de las formas establecidas, y ahora deberá pronunciarse el Tribunal Superior de Justicia.

Coincido con la opinión expresada por la Asociación Argentina de Juicio por Jurados e INECIP, en el sentido que el veredicto sería nulo (como postula el fiscal) en caso de ser condenatorio, pero que es irrevocable en caso de  absolución, en función de sus consecuencias derivadas.

La nulidad del veredicto absolutorio implicaría la realización de un nuevo juicio, posibilidad que se encuentra vedada en el sistema del juicio por jurados y que, en realidad, debería estar vedada en todos los casos, aún del juzgamiento por jueces profesionales. La realización de un nuevo juicio (con la amenaza de una posible condena) es violatoria de la prohibición de persecución múltiple (conocida en el derecho anglosajón como double jeopardy) y receptada por la propia ley neuquina que dispone que el veredicto absolutorio es irrecurrible (lo propio ocurre en todos los sistemas de jurados populares).

La jerarquía de la amenaza de doble enjuiciamiento frente al incumplimiento de una forma procesal no deja lugar a dudas sobre la opción que debe escogerse para resolver este dilema aparente.

El caso deja una enseñanza, y está relacionada con la habilidad del juez profesional para la conducción del juicio. No parece razonable que, luego de todo un día de debate los ciudadanos sean puestos a discutir, conminados por la continuidad de la deliberación. Todo haría pensar que hubiera sido más razonable clausurar el debate y convocar a los jurados para el día siguiente, a los fines de recibir las instrucciones y decidir el caso. Tan simple y sencillo como eso.

La implementación del juicio por jurados traerá aparejados algunos interrogantes que, con el correr de la experiencia, serán resueltos y absorbidos pero que, vistos en perspectiva, se convertirán en episodios anecdóticos, propios del proceso que debe impulsar un país que por más de 160 años negó el mandato constitucional de integrar a los ciudadanos al único poder de la República compuesto por una aristocracia.

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