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15 de Marzo 2016 - 9:33 hs
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12-1-2016|19:00|Mediación Nacionales
En la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación

Exitosa convocatoria de capacitación y formación de mediadores

La mediación es un método que busca la resolución de conflictos facilitando el diálogo entre las partes. Hoy hubo una reunión en la que participaron unos cien mediadores, organizada por la Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

  • Fotos: Juan Ignacio Calcagno.
Por: Infojus Noticias

Unos cien mediadores matriculados en el Registro Nacional de Mediación comenzaron hoy a discutir y capacitarse sobre las mejores alternativas para la mediación familiar, por ejemplo, en los conflictos que surgen entre padres por la obligación alimentaria de sus hijos. “Estamos muy contentos de que a pesar de la feria judicial, las vacaciones, y el calor, tengamos esta convocatoria”, dijo Marcela Paillet en la apertura, que se desarrolló en la sala Emilio Mignone de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.

Paillet preside hace dos años el Centro de Prevención y Resolución de Conflictos, que a su vez depende de la Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

El centro ofrece una mediación gratuita para personas de pocos recursos. Edgardo Chiara, uno de los docentes del equipo de mediadores, fue el encargado de impartir la capacitación (que era a tono informativo, es decir, no daba puntaje para el registro oficial de mediadores). Específicamente, el curso giraba en torno de la obligación alimentaria: la asistencia económica que una persona tiene derecho a recibir de la otra.

Uno de los temas recurrentes de la jornada fue el conflicto entre padres divorciados por la cuota alimentaria de los hijos. “Hay una sola ley, pero muchos puntos de vista, por eso hay jurisprudencia de un lado y del otro. Este curso apunta a que todos escuchemos los puntos de vista de los demás”, le dijo Chiara a los asistentes, cuando no se ponían de acuerdo en la discusión de un punto: si cuando hay un convenio voluntario entre partes —sin la orden de un juez—, los mediadores deben ordenar que se homologue judicialmente antes o después de la entrada en vigencia del arreglo.

En líneas generales, la mediación es un método que busca la resolución de conflictos de manera pacífica, facilitando el diálogo entre las partes. En general, se interpone en temas familiares (alimentos, tenencia, régimen de visitas) y patrimoniales (daños y perjuicios, reclamos por sumas de dinero, incumplimiento de contrato). Los mediadores son abogados que, para convertirse en tales, tienen que hacer un curso de cien horas y rendir un examen teniendo tres años de ejercicio de la matrícula. Para la mediación pública, el mediador es sorteado por una cámara y a la audiencia, las partes deben ir con un abogado.

Lo definido en una mediación, que ambas partes firman de común acuerdo, tiene el peso de cosa juzgada. Si no se llega a buen puerto, el acta habilita el paso siguiente: la vía judicial. Con la vigencia, el 1 de agosto de 2015, del nuevo Código Civil y Comercial, algunos responsabilidades y atribuciones de los mediadores cambiaron: ahora la voluntad de las partes tiene más peso y hay que tener en cuenta, también, la supremacía de los tratados internacionales en esa materia. Por eso, a pesar del mes de feria y el calor, la sala estaba casi llena.

Más información sobre el registro se puede consultar acá.

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