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No pidieron condenas para los cinco ex policías acusados, y 25 años de prisión para el ex militar Juan Carlos Herzberg, de 25 años. La querella pidió además que se investigue el rol de médicos forenses y jueces, y que se siga un juicio académico para tres docentes de la Universidad de Derecho de La Plata.
Los abogados de Justicia Ya!, en el último alegato de las querellas del juicio por los crímenes de La Cacha, hicieron una minuciosa descripción del rol cumplido por cada uno de los verdugos del centro clandestino y pidieron para todos ellos la prisión perpetua y efectiva por el delito de genocidio. El único matiz en el monto fue para el ex miembro de la Armada Juan Carlos Herzberg, para quién pidieron 25 años de prisión por tres casos de privación ilegítima de la libertad, tormentos y abuso deshonesto, mientras que no acusaron contra los ex policías Miguel Etchecolatz, Edgardo Gargano, Horacio Luján y Julio César Garachico porque no son querellantes en la causa que investiga los asesinatos de Luis Bearzi y Marcelo Bettini.
En el petitorio final, las abogadas Pía Garralda, Ailin Álvarez y Carolina Vilches pidieron que se investiguen las responsabilidades –surgidas de los relatos del juicio- de una docena de médicos forenses, del ex capellán Emilio Teodoro Grasselli y una decena de jueces y ex jueces. Pidieron, además, que se les inicie juicio académico a Pedro Luis Soria, Carlos Mayón y Horacio Piombo, que aún dictan clases en la facultad de Derecho de La Plata.
La Cacha estaba enclavada en las afueras de La Plata y fue, en la constelación represiva que de la provincia, un centro clandestino singular. Funcionó entre diciembre de 1976 y octubre de 1978, estaba conducido por el Destacamento 101 de Inteligencia del Ejército y casi no tenía injerencia la policía del coronel Ramón Camps. En el esquema represivo de la zona, el Destacamento era un engranaje vital: acopiaba, procesaba y distribuía a las patotas –de todas las fuerzas- la información que en diferentes ámbitos sociales captaban sus dobles agentes.
Durante más de 10 meses de audiencias, más de 130 testigos contaron los delitos que se cometieron contra 125 víctimas que estuvieron en el campo de concentración, y cuatro homicidios conexos, entre ellos el de Laura Carlotto. Hace tres semanas, comenzó la etapa de alegatos. El ministerio público Fiscal, y distintas organizaciones –APDH, Abuelas de Plaza de Mayo- y organismos públicos como la secretaría de Derechos Humanos de la Nación pidieron penas para los 21 acusados, la mayoría a prisión perpetua.
En la jornada de hoy, el frente de organizaciones Justicia Ya! –que reúne organismos de derechos humanos, sociales y políticos, y representa a varios sobrevivientes-, encuadró los delitos sucedidos en el centro clandestino como genocidio, apoyándose en la Convención para la Prevención y Sanción del delito de Genocidio, un documento aprobado por Naciones Unidas en 1948, después de los crímenes nazis durante la Segunda Guerra mundial. Según la convención, el delito se configura con “cualquiera de los actos perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso”. Para el Terrorismo de Estado, ese “grupo nacional” eran los “subversivos”, que eran obreros, estudiantes secundarios y universitarios, y militantes políticos y sociales.
"Si a Julio López no lo hubieran secuestrado por segunda vez, estaría en esta sala"
El alegato comenzó el miércoles pasado y tuvo un tinte marcadamente político. El planteo, advirtieron, se produjo “a muy pocos días de cumplirse ocho años de la desaparición del compañero Jorge Julio López, que si no hubiera sido secuestrado por segunda vez, estaría en este momento en la sala”, dijo una de las tres abogadas, y levantó aplausos entre el público. En el tramo más conceptual, la querella consideró que el proceso de juzgamiento a los represores de la dictadura y sus cómplices civiles es demasiado cansino. Y puntualizaron sobre la fragmentación de los juicios: en el informe Clamor, una reconstrucción que hizo un grupo de ex detenidos de La Cacha en los inicios de la democracia, había identificado a 16 represores del Ejército, 9 de la Marina, 10 del Servicio de Inteligencia del Ejército y 7 del Servicio Penitenciario Bonaerense. “Y acá hay sólo 16 genocidas de esas fuerzas”, dijeron. Un párrafo aparte le dedicaron a la complicidad de la prensa en los hechos: con la publicación -casi textuales- de los comunicados de las fuerzas armadas, lograron “asustar, sembrar el terror, aislar a las familias y realizar control social”.
Uno de los núcleos del alegato fue la definición de los delitos sexuales y su comprobación elocuente durante el juicio. Para la querella, la violencia sexual se configuró mucho más allá del acceso carnal, e incluía la “desnudez forzada, la agresión, el acoso, la amenaza, y aplicación de picana en los genitales”. En la rutina funesta de La Cacha, dijeron las abogadas, estos eran delitos “cotidianos, generalizados y absolutamente sistemáticos”.
Aunque glosaron, como antecedente, el pasaje de una sentencia de Mendoza, las abogadas sostuvieron que “en la instrucción de las causas judiciales, estos delitos no lo tienen en cuenta, y este tribunal no es la excepción”. Antes de la feria judicial, cuando terminaron de declarar los testigos, la querella de Justicia Ya! había pedido el cambio de calificación por los delitos sexuales, pero en ese momento el tribunal rechazó el planteo. La intención de la querella es que los delitos no se consideren como parte de la tortura sino como delitos autónomos en la sentencia.
Luego del cuarto intermedio pedido por el Tribunal, alegará el abogado defensor del ex cabo de la policía bonaerense Horacio Elizardo Luján.
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