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Es la tercera vez que la justicia le ordena reglamentar la ley que protege y asiste a testigos en causas de lesa humanidad. Si no lo hace, por cada día que se atrase deberá pagar una multa de 500 pesos.
El jefe de Gobierno porteño tiene diez días de plazo para reglamentar la ley que protege y asiste a testigos en causas de lesa humanidad. La medida ordenada por la jueza Elena Liberatori establece que por cada día que se atrase en la reglamentación, Macri deberá pagar de su bolsillo una multa de 500 pesos.
El gobierno porteño se resiste a reglamentar la norma, que dispone el acompañamiento psicológico, de hospedaje y logístico a testigos y querellantes en los juicios por delitos de lesa humanidad que tramitan en la Ciudad de Buenos Aires. En tres oportunidades, la Justicia se le ordenó al jefe porteño, tras el vencimiento del plazo original dispuesto para el 31 de marzo de 2009.
“Lamentamos profundamente que el jefe de Gobierno sea sancionado por no cumplir con su función, al avasallar a los otros dos poderes del Estado, incumpliendo una ley y varias sentencias”, expresó un comunicado del Observatorio de Derechos Humanos (ODH).
La ley se sancionó en 2008, como parte de las medidas y programas de protección impulsados tras la desaparición de Julio López, pero que en este caso espera hace cinco años ser reglamentada.
En la resolución del jueves 29 de agosto pasado, la jueza Liberatori ordenó que el jefe de Gobierno porteño sea notificado de la decisión “en forma personal en su despacho”. El Código en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires les permite a los jueces la facultad de “imponer sanciones pecuniarias compulsivas” frente al incumplimiento de una sentencia.
“Pedimos la multa porque estamos convencidos de que es la única forma de lograr que la sentencia se cumpla, ante la ominosa ausencia de voluntad política demostrada por el jefe de Gobierno en acompañar el proceso histórico de Memoria, Verdad y Justicia que viene viviendo nuestro país”, agregó Demián Konfino de la ODH.
La primera vez que la Justicia falló fue en mayo de 2012, cuando el juezJuan Vicente Cataldo hizo lugar a un pedido de ODH y de Carlos Pisoni de la agrupación HIJOS. “La reglamentación no es una facultad optativa de la administración”, sentenció Cataldo.
La causa pasó a la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, porque el gobierno porteño apeló, diciendo que el plazo no era razonable. En junio de 2013, ese tribunal se expidió a favor de la reglamentación.
Los funcionarios macristas volvieron a apelar ante el Superior Tribunal de Justicia, que rechazó el recurso de queja. Así, el expediente hizo todo el recorrido hasta la máxima instancia judicial posible, y en todos los casos los tribunales le ordenaron a Macri que debía reglamentar la norma.
Desde la sanción de la ley, comenzaron juicios que investigan los delitos de lesa humanidad en los centros clandestinos de ESMA, Vesubio y del circuito represivo Atlético-Banco-Olimpo, Muchos testigos no pudieron contar con la protección que brinda esta ley, y otros contaron con la asistencia integral del Centro Ulloa, de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.
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