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7-7-2013|11:09|Cárcel Opinión
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El debate sobre la población carcelaria en la Provincia

Una conmutación de penas con efecto reparador

Con cerca de 30 mil detenidos, la provincia de Buenos Aires alberga a más de la mitad de los presos nacionales. ¿Es posible conmutar algunas penas para evitar hacinamiento? Los ejemplos de Estados Unidos, Chile y Bolivia y un pedido de juristas al gobierno bonaerense.

 

Para quienes desde hace tiempo venimos trabajando por una mejora en las condiciones de detención de las personas privadas de libertad en nuestro país, la situación de los presos y presas de la provincia de Buenos Aires tal vez sea aquella que nos genera una mayor impotencia, por qué no frustración, viendo que todas nuestras acciones no han sido suficientes para lograr casi el más mínimo cambio.

Muchos años han pasado desde que la Corte Suprema se pronunciara en la causa “Verbitsky” (2005) y, mal que nos pese, una sentencia que sin duda constituyó un gran avance en la fijación de estándares mínimos que el Estado debía satisfacer al privar a alguien de su libertad, demostró no producir cambios positivos ostensibles en las condiciones de alojamiento en los penales bonaerenses.

Con cerca de treinta mil detenidos, la provincia de Buenos Aires es la jurisdicción que, por lejos, más encarcela en el país, con más de la mitad de los presos nacionales. En la actualidad, se calcula que el déficit de plazas penitenciarias ronda las diez mil, con una sobreocupación que supera el 35%, lo cual se traduce en hacinamiento, enfermedades y tratos inhumanos en perjuicio de este grupo tan vulnerable. Es decir, en violaciones sistemáticas a sus derechos fundamentales.

Y como toda violación a los derechos humanos –como lo es la integridad personal- debe por regla hacerse cesar, creemos que resulta imperioso diseñar estrategias que exijan al poder político la adopción de medidas efectivas encaminadas a ese fin. Es por ello que desde la Asociación Pensamiento Penal hemos realizado una presentación ante el gobernador de la provincia de Buenos Aires solicitándole que, en uso de facultades que le confiere la Constitución provincial, efectúe una conmutación general de penas que permita reducir los niveles de encarcelamiento.

Esta propuesta no debe considerársela revolucionaria ni mucho menos. Muchos países han recurrido a soluciones de esta naturaleza (indultos, amnistías, conmutaciones) con la finalidad de reducir sus niveles de hacinamiento carcelario. Incluso aquellos que uno podría identificar como más conservadores en términos de política criminal-penitenciaria, como son los Estados Unidos o más cercanamente Chile, han transitado por estos carriles. El gobierno de Bolivia concedió también hace algunos meses un indulto general que benefició al 12% de los presos de ese país y lo propio se apresta a hacer Ecuador.

El artículo 144 de la Constitución provincial faculta expresamente al gobernador a conmutar penas impuestas por delitos sujetos a la jurisdicción provincial, previo informe motivado de la Suprema Corte de Justicia sobre la oportunidad y conveniencia de la conmutación. El Poder Ejecutivo provincial tiene en sus manos, pues, una herramienta que podría si no poner fin, al menos paliar la sobrepoblación en las cárceles, con las ya referidas violaciones a los derechos humanos que ella conlleva.

En la nota que como Asociación de Pensamiento Penal le presentamos al gobernador, hemos sugerido, solo a modo de ejemplo, que se incluyan dentro de la conmutación general a: condenados que hayan cumplido más de la mitad de una condena que no supere los cinco años de prisión; condenados reincidentes que hayan cumplido más del ochenta por ciento de su condena; condenados a penas que no superen los tres años de prisión, cualquiera sea el monto de pena cumplido; condenados por delitos tentados; condenadas mujeres alojadas con niños o en etapa de gestación, etcétera.

Esperamos que el gobierno provincial se haga eco de nuestro planteo y adopte una solución que, sin producir impacto en las potenciales tasas delictivas, sin duda constituirá un camino hacia el restablecimiento de la plena vigencia de los derechos humanos de las personas privadas de libertad en la provincia de Buenos Aires.
 

 

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