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16-5-2014|13:15|Fallo Nacionales
Fallo de la Sala I de la Cámara Federal

Alak: el memorándum "es un tratado absolutamente constitucional"

El ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación se refirió al fallo de la Cámara Federal que declaró inconstitucional el memorándum de entendimiento entre Argentina e Irán. Dijo que la medida le está "sustrayendo a la propia Justicia un instrumento importante y útil" para avanzar en la investigación del atentado a la AMIA.

  • Sol Vazquez.
Por: Infojus Noticias

El ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Julio Alak, aseguró hoy que, con la inconstitucionalidad del memorándum de entendimiento entre Argentina e Irán dictada ayer por la Cámara Federal, la Justicia le está "sustrayendo a la propia Justicia un instrumento importante y útil" para avanzar en la investigación del atentado a la AMIA, "estancada desde hace siete años". El gobierno nacional ya ratificó que apelará el fallo.

"Es un tratado absolutamente constitucional", aseveró el titular de la cartera de Justicia, quien insistió con que "la Constitución Nacional dice claramente que es facultad del Congreso aceptar o rechazar tratados, y que el Poder Ejecutivo puede construirlos y suscribirlos".

Además, destacó que, con su fallo, la Sala I de la Cámara declara "en abstracto" la inconstitucionalidad del memorándum, ratificado luego por medio de una ley nacional, lo cual -advirtió- "genera un precedente negativo en la jurisprudencia", dado que una medida de ese tipo "siempre se hace cuando una ley se comienza a aplicar".

En este marco, además de ratificar la decisión del Poder Ejecutivo de apelar la resolución del tribunal de alzada, el ministro de Justicia confió en que esa apelación "va a ser positiva" y que "la Cámara de Casación o la Corte van a ratificar este convenio y esta ley porque las relaciones exteriores de la Nación están confiadas por la Constitución al Poder Ejecutivo".

Así lo sostuvo en declaraciones formuladas esta mañana a radio Del Plata, en las que recordó que "en el fallo 311 la Corte Suprema ha dicho que, en el ámbito de las relaciones exteriores, el control judicial significaría la imposición de un criterio político por otro y convertiría a los jueces en los miembros de una ’superlegislatura’".

"Si los jueces van a generar normas de carácter general, ¿para qué tenemos el Congreso de la Nación? Pareciera que estaría de sobra", planteó Alak al referirse al fallo dictado ayer por la Sala I de la Cámara Federal, con la firma de Jorge Ballestero y Eduardo Farah.

Por otro lado, el ministro de Justicia destacó que la presidenta Cristina Fernández de Kirchner "no es de esas personas que se quedan de brazos cruzados frente a la impunidad" y que, en el marco de un expediente "que está paralizado desde hace siete años", lo que hizo fue generar "otro instrumento al juez".

"La otra vía tiene paralizado el proceso de identificar a los responsables y ha sido hasta ahora estéril porque no permitió el avance de la investigación", indicó el funcionario.

Frente a esa situación, subrayó Alak, "lo notable es que se logró que Irán acepte que estos ciudadanos iraníes sean indagados, (una instancia) indispensable en el proceso judicial argentino porque no se puede condenar sin defensa en juicio, no se puede condenar en ausencia".

En este contexto, sostuvo que mientras en materia de derechos humanos y delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura se puede hablar de "memoria, verdad y justicia", en lo que respecta a los atentados contra la AMIA y la Embajada de Israel "sólo podemos hablar de memoria porque la Justicia no pudo avanzar en la verdad y la justicia".

Por otro lado, Alak remarcó que la decisión de la Sala I de la Cámara "revoca una impecable resolución judicial de Rodolfo Canicoba Corral, que es el juez natural de la causa AMIA, del 13 de diciembre último".

En este sentido, indicó que el magistrado concluyó que el memorándum "era constitucional y que, si de la implementación que tendría que hacer el juez podía surgir alguna afectación a derechos y garantías de ciudadanos, en ese caso concreto se podría declarar la inconstitucionalidad del tratado".

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